LEY 26.529 – Derechos del Paciente en su Relación con los Profesionales e Instituciones de la Salud.

Número: 26.529
Año: 2009

¿Para qué esta Ley?
Toda persona tiene derecho a ser asistida por profesionales de la salud.
¿Para quiénes?
Cualquier paciente que se trate con profesionales de la salud o agentes del seguro de salud dentro del territorio nacional.
¿Qué derechos garantiza?
Documentación clínica confidencial.
Aceptación o rechazo de tratamientos o procedimientos médicos o biológicos.
Acceso a información sanitaria de manera clara, completa y comprensible sobre el estado de salud y los tratamientos, la evolución y los riesgos que podrían implicar.
Acceso a esta información a quienes le paciente autorice.
Realización de interconsulta proporcionando la información necesaria para hacerla.
¿Cómo accedo a este derecho?
Acercandote como paciente a les profesionales de la salud, el o los agentes del seguro de salud, y cualquier efector de que te trate.

- Superintendencia de Servicios de Salud
- Fundación Huésped
- Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
- Atlas Federal de Legislación Sanitaria de la Republica Argentina