LEY 26.618 – MATRIMONIO IGUALITARIO

Número: 26.618
Año: 2010

¿Para qué esta Ley?:
- Para garantizar el acceso igualitario al matrimonio.
¿Para quiénes?
- Para personas del mismo sexo que deseen contraer matrimonio entre sí.
¿Cómo accedo a este derecho?
- Acercándote al Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas que corresponda al domicilio de cualquiera de los/as contrayentes.
¿Qué derechos garantiza?:
A partir de esta Ley, se realizan una serie de modificaciones al Código Civil, a partir de las cuales:
- Se garantiza que todas las normas jurídicas que refieran a la institución del matrimonio, serán igualmente aplicables y tendrán los mismos requisitos y efectos, ya sea que se trate de personas de distinto o de igual sexo.
- Se deja de considerar al matrimonio en términos de la unión entre “varones y mujeres” y se comienza a hablar de “contrayentes”.
- Se determina qué apellido puede tener el/la hijo/a en casos de matrimonios del mismo sexo, incluyendo en los casos de adopciones.

¿Desde cuándo es Ley?
Sancionada: Julio 15 de 2010
Promulgada: Julio 21 de 2010
Cámara de Diputades:
A favor: 126 votos.
En contra: 110 votos.
Abstenciones: 4 abstenciones.
Ausentes: 16 ausentes.
Cámara de Senadorxs:
A favor: 33 votos.
En contra: 27 votos.
Abstenciones: 3 abstenciones.