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Leyes

LEY 26.657 – DERECHO A LA PROTECCIÓN DE SALUD MENTAL

HTF | 2 de noviembre de 2021

Número: 26.657

Año: 2010

¿Para qué esta Ley?

  • Para garantizar el derecho a la protección de la salud mental de todas las personas, y el pleno goce de los derechos humanos de aquellas con padecimiento mental que se encuentran en el territorio nacional.

¿Para quiénes?

  • A las personas con padecimiento mental. También se encuentran incluidas en esta ley las personas con usos problemáticos de drogas.

¿Qué derechos garantiza?

  • A recibir atención sanitaria y social integral y humanizada, a partir del acceso gratuito, igualitario y equitativo a las prestaciones e insumos necesarios.
  • A recibir atención en el hospital general. Si el hospital rechaza la atención por el solo hecho de tratarse de un problema de salud mental, comete un acto discriminatorio.
  • A recibir tratamiento y ser tratado con la alternativa terapéutica más conveniente, que menos restrinja sus derechos y libertades, promoviendo la integración familiar, laboral y comunitaria.
  • A recibir un tratamiento con resguardo de su intimidad, siendo reconocido como sujeto de derecho, con el pleno respeto de su vida privada y libertad de comunicación.
  • A ser acompañado antes, durante y luego del tratamiento por sus familiares, otros afectos o a quien la persona con padecimiento mental designe.
  • A que el padecimiento mental no sea considerado un estado inmodificable. 
  • A poder tomar decisiones relacionadas con su atención y su tratamiento dentro de sus posibilidades.
  • A no ser objeto de investigaciones clínicas ni tratamientos experimentales sin un consentimiento fehaciente. 

¿Cómo accedo a este derecho?

  • Acercándote a los servicios de salud, entendiendo por estos últimos a toda propuesta o alternativa de abordaje tendiente a la promoción de la salud mental, prevención del padecimiento intervención temprana, tratamiento, rehabilitación, y/o inclusión social, reducción de daños evitables o cualquier otro objetivo de apoyo o acompañamiento que se desarrolle en los ámbitos públicos o privados.

¿Desde cuándo es Ley?

Sancionada: Noviembre 25 de 2010.

Promulgada: Diciembre 2 de 2010.

¿Cómo votaron les diputades y senadores?

Cámara de Diputados:

Media sanción por unanimidad a fines del 2009.

Cámara de Senadores:

47 votos a favor.

Ninguno en contra.

1 abstención. 

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